Hasta diez años de prisión plantea la propuesta legislativa presentada por la diputada Nathaly Molina, del partido Buen Gobierno, a fin de sancionar los casos de abandono y crueldad animal en el Perú.
La iniciativa considera la modificación del artículo 206-A del Código Penal y tiene como objetivo fortalecer la protección penal de los animales domésticos y silvestres mediante el incremento de las sanciones aplicables a quienes cometan actos de abandono o de crueldad.
En ese sentido, incorpora circunstancias agravantes y establece una respuesta punitiva diferenciada que se ajusta a la gravedad del daño ocasionado.
Para casos de abandono y actos de crueldad que generen dolor, sufrimiento o lesiones leves, se propone una pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, acompañada de 180 a 360 días multa y la respectiva inhabilitación conforme al Código Penal.
Cuando se presentan agravantes como el uso de armas de fuego o sustancias tóxicas, la difusión digital de los actos de crueldad para hacer apología, la comisión de actos de naturaleza sexual y el aprovechamiento de cargos de custodia, protección o de la condición de profesionales de la salud animal, se contempla una pena de cuatro a siete años de cárcel y 360 a 500 días multa.
Cuando se incurre en negligencia, imprudencia temeraria, impericia e inobservancia de los deberes de cuidado, que derivan en lesiones graves o incapacidad permanente que ocasione la muerte del animal, se consideran penas de seis a ocho años de prisión.
Finalmente, la pena más severa se reserva para aquellos supuestos en los que el agente actúa con dolo, ocasionando deliberadamente la muerte de un animal doméstico o silvestre, ya sea de forma directa o bajo cualquiera de las agravantes mencionadas.
En dichos escenarios extremos, la norma prevé una sanción privativa de libertad no menor de siete ni mayor de diez años, con 500 a 730 días multa e inhabilitación.